Reglamento
1. Preliminares y Objetivos
2. Patrimonio
3. Miembros
4. Deberes y Responsabilidades
5. Reuniones
6. Autoridades
7. Modificaciones y Disolución
8. Ingreso y/o retiros de Miembros
9. De las decisiones de RUMBO
Reglamento de funcionamiento
El presente reglamento establece lineamientos generales de funcionamiento
para RUMBO, como grupo.
1. Preliminares
RUMBO lo constituye el grupo de Universidades Bogotanas que desean
estar interconectadas en una red de alta velocidad con el fin de:
- Fortalecer los vínculos entre las instituciones a través
del apoyo a nivel de recursos y proyectos institucionales
- Participar en proyectos a nivel
Nacional e Internacional, que permitan a sus miembros mejorar
sus procesos
educativos y de investigación.
- Propender por el mejoramiento
continuo de sus miembros mediante la utilización de las últimas tecnologías de
redes de comunicación.
- Garantizar la calidad de servicio
para las aplicaciones que se desarrollen en conjunto.
- Ser el núcleo de desarrollo para la interconexión
a Internet 2 y a redes Universitarias nacionales e internacionales.
1.1. La duración de RUMBO es indefinida.
1.2. RUMBO se ha conformado como una organización
sin ánimo
de lucro.
arriba 2. Patrimonio
2.1. Por tratarse de un grupo de apoyo a las Universidades
miembros RUMBO no poseerá patrimonio y tampoco establecerá ningún
tipo de cuota para su mantenimiento.
2.2. Las Universidades participantes deberán
asumir todos los costos que genere la conexión a la red, asi
como los costos de mantenimiento y actualización.
arriba 3. Miembros Activos
3.1.1. RUMBO estará conformado únicamente
por las Universidades que estén conectadas físicamente
a la red.
3.1.2. Cada Universidad nombrará dos representantes;
uno técnico
y otro académico.
3.1.3. Solo podrán asistir a las reuniones
las personas designadas por las Universidades como sus representantes.
arriba 4. Deberes y Responsabilidades
a) Garantizar las conexiones locales y establecer los requerimientos
de anchos de banda locales
b) Realizar el estudio y evaluación de
las negociaciones de los canales locales, internacionales y
nacionales.
c) Proponer temas y/o actividades en las cuales
RUMBO debe participar, dentro de los objetivos de la agrupación.
d) Propender por la generación continua
de contenidos que alimentan la red.
e) Generar economías de escala en la consecución
de equipos de red, software, laboratorios, bibliotecas y bases
de datos
para las universidades miembro.
f) Buscar fuentes de financiación para
el desarrollo de la red y sus proyectos
g) Acatar las normas y directrices contempladas en este reglamento.
h) Asistir a las reuniones programadas. En caso
de que un representante no pudiese asistir, informará pero no podrá designar
a persona alguna para suplirlo.
i) Participar activamente en los planes y programas de RUMBO y cumplir
las tareas y comisiones en las cuales se involucre.
j) Decidir si a las reuniones podrán asistir
la totalidad de los miembros de RUMBO.
k) Las decisiones que se deban tomar en donde
implique la imagen o el nombre de RUMBO tendrán que ser aprobada por los Miembros
Activos que asistan a la reunión programada para tal fin.
l) Toda comunicación escrita que se emane de RUMBO deberá ser
revisada y aprobada por los Miembros Activos que asistan a la reunión
donde se analice la misma.
m) Generar un reporte de gestión de las actividades realizadas
durante el año, de manera tal que permita ir creando el
anuario del grupo RUMBO.
n) Los Miembros Activos reglamentan las condiciones
de admisión,
de actividad y de permanencia de sus miembros.
arriba 5. Reuniones
a) Cada reunión se realizará en sedes que se rotarán
indistintamente entre los Miembros activos.
b) Las reuniones se llevaran a cabo una vez al
mes, a no ser que algún tema específico implique la realización
de una reunión extraordinaria.
c) En cada reunión el represente anfitrión se encargará de
realizar el Acta respectiva de la reunión, además de
corresponderle la organización y logística de la misma.
d) Ningún miembro, en general, podrá llevar o invitar
a persona o empresa alguna, sin la autorización previa de
los Miembros Activos, son estos los que en la inmediatamente reunión
anterior darán su consentimiento para la asistencia del(los)
invitado(s).
e) Lo anteriormente expresado se exceptúa si el(los) invitado(s)
los hiciese el miembro anfitrión de la reunión.
f) Deberá llevarse archivo de las Actas y demás información
que atañe a la agrupación RUMBO.
arriba 6. Autoridades
6.1. RUMBO tendrá como cabeza representativa
de la agrupación
a uno de sus Miembros activos, quien se denominará Presidente,
el cual deberá tener un suplente.
6.2. El periodo del Presidente será por seis
(6) meses, tiempo en el cual se elegirá un nuevo representante
o en su defecto podrá ser elegido el mismo representante.
6.3. Del Presidente:
- Representar oficialmente a RUMBO.
- El Presidente
no podrá adquirir compromisos en nombre
de los miembros de RUMBO, su actuación estará limitada única
y exclusivamente a coordinar las actividades en las que este
interesada la red.
- El Presidente deberá velar
por el cumplimiento de los objetivos y de los reglamentos
de la Red.
- El Presidente coordinará la reunión
respectiva con el miembro anfitrión y será el moderador
de dicha reunión.
- El Presidente rendirá informe, a los demás
Miembros, de las reuniones a las que sea invitado en su calidad
de representante
de RUMBO.
arriba
7. Modificaciones y disolución 7.1. La modificación del Reglamento de Funcionamiento
debe ser aprobada en una reunión ordinaria o extraordinaria
de los Miembros Activos, convocada exclusivamente para tal efecto.
Para
que la reunión sea válida, deben acreditar su presencia,
al menos, el 50% de los Miembros Activos.
7.2. La eventual disolución de RUMBO se
regirá por
las mismas normas señaladas para la modificación del
Reglamento de Funcionamiento ítem 7.1.
arriba 8. Ingreso y/o Retiro de Miembros
8.1. Requisitos para solicitar ingreso a RUMBO:
a. El solicitante
deberá pertenecer a una Institución
Académica de Estudios Superiores, reconocida por el
ICFES.
b. Dirigir una carta, firmada
por la máxima autoridad solicitando
la admisión como miembro de RUMBO y comprometerse a sufragar
todos los costos de conexión a la red.
c. El Presidente de RUMBO, en
su defecto el Suplente, comunicará a
los Miembros Activos cada solicitud de ingreso, los cuales decidirán – por
votación – la aceptación o rechazo y el Representante
de RUMBO comunica – por escrito - la decisión, a la
institución solicitante, con copia a los archivos de RUMBO.
8.2. Un Miembro de RUMBO podrá retirarse si lo
desea, pero para ello deberá dirigir una carta a RUMBO, además
tendrá el derecho de presentar a la persona que lo sucederá.
arriba 9. De las decisiones de RUMBO
9.1. Los Miembros Activos de RUMBO pueden decidir
el retiro de cualquiera de sus miembros, cuando sus actividades
incurran en conductas impropias
o incompatibles con los objetivos de la agrupación o ponga
entredicho su imagen y el buen nombre del grupo o de alguno de sus
Miembros.
arriba Enero de 2004
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